
1925: Año de precio justo en el tabaco…
Los años de la “danza de los millones” llegaron a su fin en 1921, cuando los campos en Europa comenzaron a recuperarse completamente y de esta manera a producir para el mercado.9 Esto provocó que los precios comenzaran a descender año tras año. El descenso sin freno de los precios en la década de 1920 se debió a varias razones. En primer lugar el aumento desmesurado en la producción de tabaco en la Isla, la oferta sobrepasó la demanda. En segundo lugar, el gusto del consumidor norteamericano, principal comprador del tabaco puertorriqueño, cambió. El consumidor norteamericano comenzó a preferir el cigarrillo procesado con tabaco rubio en vez del tabaco negro que se producía en Puerto Rico. Por último, los acaparadores del tabaco comenzaron a manipular los precios con éxito, aprovechándose de los pocos compradores de tabaco presentes en la isla y la sobreproducción. Este último punto fue uno decisivo en la lucha de los cosecheros de tabaco frente a las corporaciones norteamericanas. Es en este instante que los cosecheros se comienzan a distinguir como grupo frente a los acaparadores de la hoja.10 Los cosecheros se comienzan a distinguir porque, antes de que comenzase la manipulación de los precios, ellos tenían cierta movilidad como clase. Un cosechero podía ser a la misma vez cosechero, acaparador, productor y vendedor. Es decir que la diferencia entre ellos no existía o era una mínima.11 Con la invasión de los norteamericanos y ya en la década del 1920 esta línea comenzó a marcase fuertemente y es aquí cuando los cosecheros comienzan a distinguirse de los acaparadores, ya que la posibilidad de convertirse en uno de ellos se extinguía.12 “La tierra se va” en El Agricultor Puertorriqueño.
Pero, ¿Cómo esta sobreproducción y el descenso de los precios fueron provocando la recampenización del cultivo del tabaco? La sobreproducción y el descenso de los precios de la hoja ayudaron a la recampenización del cultivo del tabaco porque con la reducción de precios y la entrada de capital líquido disminuía para los cosecheros del tabaco. Esta disminución en la entrada de capital no permitía que los cosecheros del tabaco pudieran cumplir con las deudas adquiridas para la siembra del tabaco y los obligaba a vender parte de su tierra para poder cumplir con las obligaciones contraídas. Un ejemplo de esto se puede ver en la Revista el Agricultor Puertorriqueño cuando un artículo titulado, “La tierra se va”, dice:
Para el año 1910 había 58,371 terratenientes, en 1920 solo hay 41,078, han desaparecido 17,292. ¡Infelices labriegos que han perdido su patrimonio! De esos 17,000 propietarios, 15, 981 eran terratenientes de menos de 10 cuerdas… del año 1910 a 1920 han desaparecido 420 propiedades, que con las 15,981 suman 16,409 pequeños propietarios que han perdido sus fincas y 491 con mayor extensión de cuerdas que también han dejado de ser terratenientes”12
En esta cita se puede ver como la falta de entrada de capital va afectando la composición del campo tabacalero y el campo puertorriqueño en general. Según la cita podemos ver como el efecto es uno en cadena en donde el hacendado se convierte en campesino y el campesino se convierte en jornalero. Este proceso se va acelerando a lo largo de la década de 1920 alcanzado su epicentro en la década de 1930 con los efectos devastadores de la Gran Depresión. Pero los tabacaleros puertorriqueños estaban obligados a contraer estas deudas para poder sembrar su tabaco. Esto porque ellos no tenían el capital que conllevaba levantar una cosecha desde cero, por lo tanto estos recurrían a los contratos de refacción para poder lograrlo.
El contrato de refacción era un contrato en donde el acaparador o el intermediario, el comprador, le daba un anticipo al cosechero para que este pudiera sembrar, cultivar, cosechar y secar el tabaco. A cambio el agricultor ofrecía su cosecha como garantía al préstamo. Este tipo de crédito se dio para la cosecha de tabaco de tripa, que era el que rellenaba los cigarros.13 El tabaco de capa, con el cual se cubría el tabaco, no necesito este tipo de contrato, ya que este era sembrado por las mismas corporaciones en las tierras que esta poseía a lo largo del Valle de la Plata.14 Estas poseían, la American Cigar, la Industrial Company of Porto Rico, la Porto Rico Leaf Tobacco, la Porto Rican American Tobacco y la American Suppliers, todas subsidiarias de la American Cigar Company, con excepción de la PRATC, 6,879 cuerdas con un valor de $1, 613,787.15
Estos contratos de refacción eran una forma de amarrar a los tabaqueros y su cosecha. El contrato obligaba al productor a vender y guardar su cosecha con el refaccionista con quien hizo el contrato. Este a su vez le paga al cosechero según el precio que rija en el mercado al momento de la venta. Si el cosechero consigue mejor precio de venta es casi imposible salir del contrato porque al momento de sacar el tabaco del almacén el tabaco que queda es de inferior calidad. Además, el cosechero tendrá que pagar los gastos de almacenaje al refaccionista.16 Es por esto que los cosecheros no pueden sacar su tabaco de las manos de los refaccionistas con quienes ya hicieron contrata, ya que asumirían unas pérdidas muy grandes y los precios de la hoja no eran lo suficientemente altos como para darse ese lujo.
Ante este cuadro de completa desventaja, los cosecheros de tabaco comenzaron a organizarse frente a los acaparadores formando varias organizaciones. Pero no es hasta 1925 cuando a los cosecheros se les provee de la mejor herramienta para enfrentarse a las grandes corporaciones acaparadoras de la hoja. En 1925, el Congreso de los Estados Unidos hizo extensiva a la Isla la Agricultural Credits Act de 1923.
El 4 de agosto de 1925 la legislatura local aprobó una ley para ajustar la legislación federal a las necesidades de la isla, esta planteaba lo siguiente:
[S]e reconoce que la agricultura está caracterizada por la producción individual en contraste con el sistema social o de factorías que caracteriza las demás formas de producción industrial; que le permite a las sociedades industriales que se asocien con el fin de producir y vender; que el público tiene interés en ayudar al agricultor para que coloque su industria en el mismo alto grado de eficiencia y capacidad mercantiles en que están las industrias manufactureras, y que el interés público exige que al agricultor se estimulen en la consecución de un sistema de ventas y superior y más directo, que sustituya la ciega, poco científica y especulativa ventas de frutos.17
Podemos ver claramente que la intención de la ley era crear un sistema en el cual los agricultores puertorriqueños pudiesen competir de forma equitativa frente a las corporaciones norteamericanas en la isla. En el caso del tabaco les permitía a los cosecheros enfrentar a los acaparadores de la hoja, los cuales tenían el poder de manipular los precios de la misma.
Esta ley provocó entusiasmo entre los cosecheros del tabaco. Gracias a la ley se crearon las cooperativas de San Lorenzo, Cayey, Aibonito y Comerío. Estas dieron crédito a sus socios para la cosecha de 1925-1926. Este crédito lo pudieron dar gracias al Federal Intermediate Credit Bank.18 Al estas cooperativas dar el crédito refaccionario que necesitaba el cosechero para levantar su cultivo les permitió evitar caer en las manos de los intermediarios y de los acaparadores. Esto no quiere decir que todo el tabaco quedó en manos de las cooperativas, ya que estas solamente controlaron el 7% de la cosecha de 1925-1926.19 Ante la presencia y organización de los bancos cooperativos los cosecheros lograron obtener un precio de $38 por quintal20, siendo este el precio más alto obtenido desde la cosecha de 1921.
9 Mabel Rodriguez, Atrapados en la Depresion… Pág.
10 Juan José Baldrich, Sembraron la no siembra… Págs. 50-55. Para más razones sobre el porqué del descenso de los precios del tabaco ver: Miguel Meléndez Muñoz, “El presente y el porvenir del tabaco en Puerto Rico”, Parte I en Revista del Agricultor Puertorriqueño. Vol. 1, # 8, 30/enero/1926. Págs. 15-16. Para la parte II del artículo ver; Revista del Agricultor Puertorriqueño. Vol. 1, # 9, 6/febrero/1926.
11 Ibid. Págs. 57-60.
12 “La tierra se va” en El Agricultor Puertorriqueño.
13 Este tipo de tabaco se sembraba en la parte centro oriental de la isla. Desde los municipios de San Lorenzo hasta Utuado.
14 Ibid. Pág. 46.
15 Ibid. Págs. 43-44.
16 Rafael Arce Rollet, “Los Contratos de Refacción” en Revista Agricultor Puertorriqueño. 16/enero/1926. Págs. 9-10.
17 Leyes de Puerto Rico, Ley de ventas Cooperativas, Ley Núm. 70 del 4 de agosto de 1925. Negociado de Materiales, Imprenta y Transporte, 1925. Págs. 368-395. Citado en Baldrich, Sembraron la no siembra… Pág. 62.
18 Baldrich, Sembraron la no siembra… Pág. 62.
19 Ibid. Pág. 63.
20 Ibid. Pág. 63.

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