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Un espiritu histórico no puede tener dudas de que ha llegado el momento de la resurrección del pasado, de la afirmación del presente y la esperanza del futuro. Esto es parte de ello.
Gilberto Concepción de Gracia

La discusión del estatus en 1943

Mario R. Cancel Sepúlveda– El 1943 el problema de estatus era interpretado de manera distinta por los observadores de Estados Unidos y los de Puerto Rico. La cuestión del estatus en la ruta de la independencia en buenos términos entre amas partes, que había sido el centro de la discusión política durante la década de 1930, ya no era una prioridad para los sectores de poder continentales. Según lo ha sugerido en repetidas ocasiones en sus textos y en sus memorias el jurista José Trías Monge, el desconocimiento de la situación de Puerto Rico dominaba entre las elites políticas estadounidenses.
El Congreso y el Presidente tenían una visión simplista del problema del estatus mediada en gran medida, por el reconocimiento de su poder para timonear a sus aliados políticos en Puerto Rico en una u otra dirección sin afectar aquella relación de dominio. La actitud de minusvalorar el asunto era común lo mismo a demócratas que a republicanos. El acomodo del PPD había convertido a esa organización en el útil “aliado sumiso” que tanto beneficiaría los intereses americanos hemisféricos después de la Segunda Guerra Mundial.
Para el Congreso y el Presidente, la solución del problema del status estaba en la revisión moderada de la Ley Orgánica de 1917. La alternativa concreta consistía en ofrecer más soberanía a Puerto Rico. Per se aceptaba que cualquier ampliación de la soberanía puertorriqueña, no debería afectar ni la relación fiscal entre ambos pueblos, ni los poderes del Congreso para intervenir en la isla obtenidos en el Tratado de París de 1899. En cierto modo, cualquier concesión de de la más soberanía no debía alterar la soberanía. Ello explica que la idea de ofrecer más soberanía se redujera a conceder que el pueblo puertorriqueño eligiera su Gobernador.
Una Ley de Gobernador Electivo no alteraría la relación fiscal ni quitaría soberanía al Congreso sobre la isla. El problema jurídico era que una reforma de esa naturaleza no cumplía los requisitos de la libre determinación establecidos por la Carta de Atlántico. El sector independentista y nacionalista lo reconocía de ese modo. La brecha entre el independentismo y el populismo se profundizó y el encono contra el PPD creció alrededor de ese hecho. En 1943 se echaron las bases para la constitución del Congreso Pro-Independencia y Pedro Albizu Campos salió de prisión y se radicó en Nueva York a la espera de un mejor momento para regresar a Puerto Rico.
En medio de aquella polémica el Presidente Franklyn D. Roosevelt nombró en 1943 una Comisión Presidencial para que lo asesorara respecto al futuro de Puerto Rico. La comisión se constituyó con 4 representantes estadounidenses y 4 puertorriqueños. Dos detalles significativos de aquel comité fueron, primero, que tanto Luis Muñoz Marín como Rexford G. Tugwell, dos buenos interlocutores de Estados Unidos en Puerto Rico, tuvieron su silla en la Comisión. El segundo fue que la misma excluyó al partido Socialista, y a Bolívar Pagán, un enemigo declarado de Tugwell y de Muñoz Marín; y al Partido Unión Republicana Progresista encabezado por Miguel A. García Méndez, también anexionista y representante de los grandes intereses azucareros en el país. Las autoridades de Washington no querían a los anexionistas ni a los azucareros en sus negocios sobre el estatus.
La oferta de una Ley de Gobernador Electivo era un mecanismo para sosegar la agitación política local y cualquier planteamiento radical. Muñoz Marín adoptó una actitud crítica respecto a la oferta, comprensible por demás en aquel contexto. Su pasado radical y la presión de los populares independentistas, explica la misma. Reconocía que el gobernador electivo no resolvería nada si se trataba de una medida aislada que no revisaba la relación colonial entre Puerto Rico y Estados Unidos. Con ello en mente condicionó su apoyo a la medida a que , si adjunto a ello, Estados Unidos se comprometía a cuatro cosas:

  1. A quitarle al Congreso el poder de anular las leyes de Puerto Rico lo cual conllevaba eliminar el poder de veto congresional lo cual era una señal abierta del carácter colonial de la relación.
  2. A quitarle al Congreso el poder de cambiar la Ley Orgánica Jones sin consultar a Puerto Rico hecho que, en la práctica demostraba quién mandaba en realidad en el país.
  3. A transferir los fondos para financiar el programa de crecimiento económico de Puerto Rico en bloque para restarle margen de influencia a Estados Unidos en el país
  4. A acordar una fecha para un plebiscito de libre determinación de Puerto Rico acorde con los principios jurídicos de la Carta de Atlántico

Las cuatro peticiones resultaban radicales en para un Congreso acostumbrado al poder que era incapaz de escuchar los reclamos de los subalternos. Al cabo, la impresión que quedó fue clara. Estados Unidos no estaba dispuesto s aplicar la Carta de Atlántico y el derecho de libre determinación en el país. Lo único que estaba dispuesto a dar era el Gobernador Electivo porque ello no afectaba su poder real sobre el territorio y le daba una nueva imagen a nivel internacional. En todo caso, las autoridades americanas estaban contestes en que una revisión liberal o radical al status, podía afectar sus intereses geoestratégicos en El Caribe.
La reacción en Puerto Rico
Como respuesta los sectores de poder en Puerto Rico presentaron y aprobaron la conocida Resolución Concurrente de 10 de febrero de 1943. En la misma el PPD, los partidos de la Coalición Puertorriqueña encabezados por Bolívar Pagán, y los de la Unificación Tripartita dirigidos por José Ramírez Santibañez, consignaron el “deseo” de PR de ejercer lo más pronto posible el derecho de libre determinación. La concesión que se hacía era la misma que hizo el PPD en su programa para las elecciones de 1944: aceptaban esperar hasta que terminara la Segunda Guerra Mundial para discutir el asunto y establecieron que la decisión se tomaría en una elección especial o plebiscito. En la práctica era una manera de posponer el estatus por consenso. Para articular los acuerdos, se creó una Delegación Permanente de la Asamblea Legislativa .
Por último, en 1943 se presentaron varios proyectos de status que fueron la base para la formulación de lo que fue el Estado Libre Asociado de 1952. Miguel Guerra Mondragón, ExPresidente de la Cámara de Representantes y co-autor del Proyecto Phillip Campbell de 1922, propuso la creación de un Estado Libre Asociado Puerto Rico. Teodoro Moscoso, Director de Fomento de Puerto Rico, redactó otro para la fundación del Estado Libre de Puerto Rico. se trataba de dos líderes populares reconocidos que estaban manifiestamente de acuerdo con las posturas moderadas de Muñoz Marín
En el Congreso, Myllard Tydings, coordinador del Comité de Territorios del Senado volvió a presentar con algunas revisiones, su proyecto para crear la República de Puerto Rico; y el Senador por Nueva York, Vito Marcantonio presentó el suyo. Ambos retomaron sus textos de 1936 como base para sus alegatos. En estos proyectos estaban las preferencias de los miembros del Congreso Pro-Independencia, como era de esperarse.

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