
Las tendencias de la economía
Mario R. Cancel Sepúlveda- La década del 1990 estuvo dominada por la última ofensiva congresional contra la aplicación de la Sección 936 esta vez bajo la administración del demócrata Bill Clinton (1993-2001). El Congreso volvió a poner sobre la mesa el asunto desde 1996 esgrimiendo los mismos argumentos articulados a mediados de la década de 1980 por una administración republicana: los impuestos no pagados en Puerto Rico eran necesarios para balancear el presupuesto nacional y enfrentar una creciente deuda pública. Demócratas y republicanos convenían en la “necesidad” del giro hacia el neoliberalismo y en reducir la presión del estado hacia el capital. La diferencia fue de matices: el lenguaje utilizado contra las exenciones toleradas en Puerto Rico se hizo más acrimonioso.
Otra novedad fue que la discusión sobre la aplicación o no aplicación del recurso se politizó. En el proceso se acusó a la Sección 936 de haberse convertido en una suerte de “mantengo corporativo” y algunos sectores, en especial los adversarios del Estado Libre Asociado que favorecían la estadidad, argumentaron que el privilegio fiscal favorecía la permanencia de la relación colonial instituida en 1952. La lógica dominante entre algunos estadoístas era que la eliminación de la Sección 936 cumpliría dos funciones. Por un lado, aceleraría la disolución del Estado Libre Asociado y forzaría una decisión sobre el asunto inconcluso del estatus. En cierto modo tenían razón. Lo que resultaba irrazonable era la presunción de que, si se eliminaba el privilegio, se adelantaría la estadidad. La impresión que da aquella argumentación silogística es que dentro del movimiento estadoísta la imagen del imperio benévolo, inocente y bonachón dominaba. Se le podía acusar de colonialista, el estadoísmo radical lo hacía y lo ha seguido haciendo, pero se confiaba en que la solución que derivaría de sería de una quiebra del régimen colonial sería inevitablemente la estadidad. La confianza de los estadoístas en el Estado 51 era tan profunda como la de los nacionalistas en la inevitabilidad de la Libertad.
En el PNP no había un consenso respecto a ese asunto. La administración Rosselló González (1993-2001) defendió de manera moderada la permanencia de la Sección 936 durante su primer cuatrienio. Desde mi punto de vista se trataba de una cuestión de realismo político. La herramienta era única y Puerto Rico seguían siendo la jurisdicción más pobre de la Unión sin ser parte de la Unión y, de eliminarla, los sectores que se habían beneficiado de ella -la banca y la construcción- sufrirían un rudo golpe a sus intereses. Sin embargo, el Comisionado Residente en Washington, Romero Barceló cabildeó en el Congreso para que las eliminaran. Todo parece indicar que el abogado estadoísta le daba un significado político estratégico al asunto que Roselló González no compartía. Las primeras décadas del siglo 21 han demostrado que Romero Barceló se equivocó: el fin de la era de las 936 no adelantó la estadidad ni un centímetro.
En 1994 el Congreso acabó por disminuir los beneficios de la Sección 936 mediante la aprobación del Tax Equity and Fiscal Responsability Act. La excusa para ello, como se sabe, era la necesidad balancear el presupuesto federal. La secuela de todo ello fue que en 1996, ya se había decidido que la cancelación de su aplicación sería efectiva para enero de 2006. El hecho produjo una conmoción entre los estadolibristas y los defensores del estatus quo colonial. Rosselló González y Romero Barceló fueron responsabilizados por el hecho pero lo cierto es que tras ellos había poderosas fuerzas neoliberales que hubieran cancelado cualquier esfuerzo por mantener el privilegio. El asunto que se jugaba entre 1994 y 1994 no era la relación de Puerto Rico y Estados Unidos, sino la estructura sobre la cual se apoyaría el mercado mundial de allí en adelante.
El fin de las 936 y la política
La administración Rosselló González enfrentó el asunto de un modo convencional. La alternativa para el país volvió a buscarse en el Código de Rentas Internas Federal por lo que se solicitó el amparo de la Sección 30-A del mismo. La intención era que se le permitiera a Puerto Rico ofrecer créditos contributivos federales a las empresas vinculadas a la Sección 936, acorde con la cantidad de empleos que produjeran en el territorio. El objetivo era convertir el privilegio en un mecanismo para generar empleos bien pagados en una economía que sufría el mal crónico del desempleo estructural. El Congreso rechazó la petición. La impresión que deja aquel momento es que el Estado Libre Asociado se iba a quedar sin opciones en 2006, pero populares y penepés no parecían capaces de mirar en otra dirección que no fuese Washington cuando trataban de mantener una imagen de progreso y crecimiento en la isla caribeña. El observador debería esperar que la imagen del imperio benévolo, inocente y bonachón comenzara a erosionarse desde 1996. Nada parece sostener ese criterio.
El efecto de la decisión de 1996 en el mercado local fue que desde 2001 los depósitos en los bancos locales comenzaron a menguar y la banca se contrajo. El ELA, que comenzó a dejar de percibir ingresos, tuvo que recurrir a explotar sus líneas de crédito para suplir la huida de los Fondos 936. La venta de bonos triplemente exentos de pago de contribuciones (federales o estatales) y seguros fue un éxito. No cabe la menor duda de que la “crisis fiscal” del presente tiene su base en el aumento en aquellas emisiones de bonos o compromisos de pago. Pero me parece que es necesario insistir en que la “crisis económica” rondaba al país desde 1970 y que la misma crecía vinculada a los cambios que conducía hacia el orden neoliberal.
El futuro económico incierto del Estado Libre Asociado, tenía que generar igual incertidumbre en torno a su futuro político. En ambos casos, estaba ante un “abismo”. El significado del “crecimiento del ELA” tenía que ser explicado. El hecho de que el Congreso cambiara las reglas de juego de manera radical, significaba que Puerto Rico tendría que manejar su futuro económico sin ningún tipo de privilegio fiscal del Tesoro Federal y que lo único que le quedaba era (y es) su presunta “autonomía” fiscal sostenida en su relación colonial con Estados Unidos. Entre 1996 y 2006 los ajustes no se llevaron a cabo en parte porque el país no tenía soberanía para ello, y en parte porque el Congreso tampoco se ocupó del asunto.
La Sección 936 fue la última política económica de la posguerra que se aplicó en Puerto Rico. Lo cierto es que, visto a la distancia, el crecimiento de la economía local siempre había dependido de las exenciones contributivas y de la providencia o permisibilidad del estado. Pero en la década de 1990 el mercado libre entre Puerto Rico y Estados Unidos impuesto en 1900 ya no era exclusivo y por el contrario, como se verá más adelante, se compartía con el resto del mundo. Teóricamente el neoliberalismo no admitía el exclusivismo ni el trato preferencial de un mercado
Pero en el caso de Puerto Rico la tentativa neoliberal resultaba contradictoria. El idealizado regreso del liberalismo y la libre competencia no tocó el monopolio que posee Estados Unidos sobre el mercado local al amparo de las Leyes de Cabotaje (1900). Tampoco minó los privilegios de las compañías navieras de Jacksonville sobre el tráfico con Puerto Rico: el puerto suple el 90 % de los consumos de la isla. Ambas instancias, a no dudarlo, eran y son la expresión de una forma del “monopolio” o “cautividad” de un mercado ante otro que viola los fundamentos filosóficos del neoliberalismo.

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